Serie Narcopolítica y narcogeopolítica | LIBERTAS
Una organización criminal necesita algo más que una ruta para transportar drogas. Necesita que el cargamento llegue, que sus ganancias puedan utilizarse y que las personas capaces de interrumpir el negocio sean neutralizadas, compradas o eludidas. Cuando consigue protección dentro del Estado, cambia la naturaleza del problema: la autoridad pública comienza a trabajar, en determinados espacios, para quienes debería investigar.
América del Norte y Centroamérica permiten observar distintas formas de esa relación. México ocupa un lugar destacado en la producción y distribución de drogas destinadas al mercado estadounidense. En Estados Unidos también funcionan redes de distribución y mecanismos financieros que hacen posible el negocio. Canadá enfrenta su propia crisis de drogas sintéticas. En el istmo centroamericano, las actividades de tránsito conviven con problemas de financiamiento político, protección institucional y control territorial. Esas funciones se superponen, pero no convierten a todos los países en escenarios equivalentes.
La distinción importa. Una organización que atraviesa una frontera, un banco que incumple sus obligaciones y un presidente que protege narcotraficantes plantean responsabilidades diferentes. Reunirlos bajo una acusación general de “narcoestado” impide comprender cómo se construye el poder criminal y dónde es posible interrumpirlo.
El argumento de este capítulo es que la narcogeopolítica regional surge tanto de las redes del narcotráfico como de las decisiones con las que los gobiernos las persiguen, negocian la cooperación o distribuyen responsabilidades. La coherencia de esas decisiones también debe ser examinada.
La frontera no explica todo el negocio
La evaluación de amenazas de la DEA de 2025 identifica a las organizaciones de Sinaloa y Jalisco Nueva Generación como actores dominantes en el abastecimiento de drogas ilícitas al mercado estadounidense. Describe una estructura que conecta producción clandestina en México con proveedores, intermediarios financieros y redes de distribución dentro de Estados Unidos. Su alcance internacional no supone que todas esas actividades respondan a una única conducción centralizada.
Esta descripción obliga a superar una imagen demasiado cómoda: la de una amenaza enteramente extranjera que termina de explicarse cuando cruza la frontera. El tráfico internacional necesita compradores y distribuidores en el país de destino. También requiere transformar los ingresos en recursos utilizables. La responsabilidad de perseguir a los productores y transportistas convive, por tanto, con la de investigar los mecanismos internos que permiten vender y cobrar.
El caso de TD Bank, examinado en el capítulo anterior, muestra esa dimensión. En octubre de 2024, entidades estadounidenses del grupo se declararon culpables por infracciones vinculadas con sus obligaciones contra el lavado de dinero. Según el Departamento de Justicia, sus fallas permitieron que tres redes transfirieran más de 670 millones de dólares entre 2019 y 2023. El caso documenta responsabilidades concretas dentro de una infraestructura financiera regulada; no permite atribuir complicidad al sistema bancario en su conjunto.
La consecuencia política es clara: una estrategia que exige controles a otros países debe aplicar exigencias comparables a sus propios intermediarios. De lo contrario, puede encarecer el transporte de la droga sin cerrar los canales que conservan las ganancias.
Las armas agregan otra dirección a los intercambios. La ATF registró 18.249 armas recuperadas en México durante 2024 y sometidas a rastreo que habían sido fabricadas en Estados Unidos o importadas legalmente a ese país. El dato corresponde a ese conjunto de armas recuperadas y remitidas para investigación; no representa la totalidad del armamento criminal existente en México ni demuestra, por sí solo, cómo salió cada arma del mercado legal.
Aun con esa limitación, la evidencia impide describir el problema como un flujo exclusivamente dirigido hacia el norte. Investigar las cadenas de suministro de armas forma parte de la responsabilidad compartida. Reconocerlo no disminuye la obligación mexicana de combatir a las organizaciones que las utilizan.
También existe una dimensión sanitaria que no puede reducirse a una cuestión policial. Los CDC señalan que el tratamiento con medicamentos del trastorno por consumo de opioides se asocia con una reducción del riesgo de sobredosis y de mortalidad. La atención de las personas afectadas tiene un valor propio, aunque no desmantele por sí misma las redes criminales.
Para LIBERTAS, una política de seguridad pierde parte de su sentido si contabiliza decomisos mientras deja fuera de sus prioridades a quienes pueden morir por falta de atención. La persona con una adicción no es equivalente al empresario criminal que obtiene beneficios de ella.
México: cuando la protección proviene de la autoridad
El caso de Genaro García Luna permite identificar un mecanismo de narcopolítica con respaldo judicial. El exsecretario de Seguridad Pública de México fue condenado en Estados Unidos, en octubre de 2024, a 460 meses de prisión. El Departamento de Justicia informó que había recibido sobornos millonarios del cartel de Sinaloa y utilizado su posición para facilitar sus operaciones.
El problema institucional excede la entrega de dinero. Un funcionario de ese nivel puede convertir información reservada, decisiones operativas y recursos estatales en ventajas para una organización. La capacidad pública continúa existiendo, pero su aplicación se vuelve selectiva. Para los ciudadanos resulta difícil advertirlo: una institución puede realizar operativos y, simultáneamente, proteger intereses criminales en otras actuaciones.
Esta es una de las formas más graves de captura. La organización favorecida no necesita sustituir a la policía; obtiene beneficios de su funcionamiento. Incluso una acción aparentemente exitosa contra un competidor podría servir a intereses ilícitos si existiera una coordinación probada. Esa posibilidad debe investigarse, nunca darse por cierta a partir del resultado de un operativo.
La condena de García Luna tampoco autoriza a trasladar su responsabilidad a todos los funcionarios que integraron un gobierno o a todos los integrantes de una fuerza. La imputación individual exige evidencia. La evaluación institucional, por su parte, debe preguntar qué controles fallaron y por qué una posición de tanta responsabilidad pudo utilizarse de esa manera.
El mismo criterio sirve para analizar el poder criminal en el ámbito local. En términos generales, una organización puede buscar que un municipio omita inspecciones, que un funcionario revele información o que un candidato retire su postulación. Son mecanismos distintos y requieren pruebas diferentes. No toda ineficiencia municipal es corrupción; tampoco toda renuncia política es producto de una amenaza.
Pero cuando la coacción se acredita, la democracia ya ha sufrido una alteración. El daño aparece antes del recuento electoral: ciudadanos y dirigentes dejan de disponer de las mismas posibilidades de participar. Una elección puede conservar sus procedimientos mientras algunas opciones han sido eliminadas mediante el miedo.
Recuperar esa libertad requiere proteger a quienes se niegan a colaborar. Exigir integridad sin ofrecer seguridad a un funcionario amenazado puede convertirse en una demanda imposible de sostener.
Honduras: de la condena al indulto
El caso de Juan Orlando Hernández permite observar hasta dónde puede llegar la asociación entre poder político y narcotráfico. El expresidente hondureño fue condenado en Nueva York, el 26 de junio de 2024, a 45 años de prisión por delitos relacionados con una conspiración para introducir cocaína en Estados Unidos y con armas de fuego. La condena se refería a conductas atribuidas a quien había ocupado la presidencia, no a una responsabilidad colectiva de la sociedad hondureña.
Sin embargo, el análisis no puede detenerse en esa sentencia. El registro oficial del Departamento de Justicia estadounidense consigna que Donald Trump le concedió un indulto el 1 de diciembre de 2025.
Los dos hechos deben permanecer visibles. Hubo una condena penal y, posteriormente, una decisión presidencial de clemencia. El indulto no debe presentarse como si hubiera sido una sentencia absolutoria dictada después de revisar las pruebas.
Desde la perspectiva de LIBERTAS, la secuencia plantea un problema de coherencia pública. Un Estado que reclama cooperación internacional contra el narcotráfico necesita explicar de manera convincente por qué decide liberar de las consecuencias de una condena a un antiguo jefe de gobierno involucrado en ese negocio.
Esa exigencia no presupone que todo indulto sea ilegítimo ni permite inventar las motivaciones de quien lo concede. Exige rendición de cuentas por una decisión cuyo significado supera a su beneficiario. La cooperación judicial depende también de que investigadores, testigos y países asociados puedan confiar en cierta continuidad entre el esfuerzo que realizan y el resultado institucional.
La pregunta es incómoda: ¿qué señal reciben quienes arriesgan su vida para demostrar una asociación entre autoridad y narcotráfico cuando la sanción puede ser interrumpida por una decisión política?
Aquí aparece con claridad la narcogeopolítica. La persecución penal ocurre dentro de relaciones de poder entre Estados, decisiones presidenciales y prioridades diplomáticas. Analizar esas relaciones no equivale a justificar al condenado. Permite evaluar si los criterios proclamados se mantienen cuando cambian los intereses políticos.
Centroamérica: el tránsito también produce poder
La expresión “país de tránsito” suele sugerir un territorio por el que las drogas simplemente pasan. Esa descripción puede ocultar lo esencial. Para atravesar un país de manera recurrente hacen falta servicios, contactos y condiciones de seguridad. Si una red logra comprar protección, el tránsito deja de ser un episodio logístico y se convierte en una fuente de influencia.
Conviene tratar esta relación como un mecanismo que debe demostrarse en cada caso. La ubicación geográfica ofrece oportunidades; no determina por sí misma la captura de las instituciones. Dos países expuestos a rutas semejantes pueden desarrollar capacidades de respuesta muy diferentes.
Guatemala aporta una experiencia relevante para comprender el vínculo entre dinero y representación. En su informe de 2019 sobre captura del Estado, la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala examinó cómo el financiamiento electoral ilícito había influido en procesos políticos y permitido obtener beneficios indebidos. Sus investigaciones abarcaban redes e intereses diversos, que no deben reducirse enteramente al narcotráfico.
La lección institucional sigue siendo útil: el financiamiento opaco puede crear obligaciones que los votantes desconocen. Cuando esas obligaciones condicionan nombramientos, decisiones administrativas o investigaciones, la representación se debilita. El ciudadano elige a una autoridad sin conocer a todos aquellos ante quienes esa autoridad se considera comprometida.
Para hablar específicamente de narcopolítica es necesario acreditar el origen o la vinculación criminal relevante. Una donación irregular puede constituir una infracción grave sin proceder del tráfico de drogas. Mantener esa diferencia permite dirigir las investigaciones hacia responsabilidades reales.
En Costa Rica, el informe anual de UNODC de 2024 describe la creación de una unidad central del programa de control de pasajeros y carga, orientada a mejorar el análisis de riesgo y reducir vulnerabilidades frente al tráfico ilícito. Es una respuesta institucional concreta a la presión sobre los movimientos comerciales. Su existencia no prueba que el problema esté resuelto, pero muestra que las capacidades de prevención también forman parte del panorama regional.
Panamá, por su parte, identificó ante un proceso de Naciones Unidas vulnerabilidades de corrupción relacionadas con el tráfico de drogas y armas en el Darién y en la frontera con Costa Rica. Entre los factores mencionados aparecen el movimiento de bienes y personas y la presión sobre funcionarios de control. Esa identificación describe riesgos; no constituye una declaración de captura general del Estado.
El desafío consiste en proteger actividades legales de gran importancia económica sin convertir cada operación comercial o cada desplazamiento humano en una sospecha. La vigilancia debe concentrarse en riesgos verificables y permitir que las decisiones de los funcionarios sean revisadas.
El Salvador y el problema de los límites
El análisis centroamericano necesita distinguir a las pandillas, las redes de narcotráfico internacional y las estructuras de protección política. Pueden relacionarse, pero no son organizaciones intercambiables. Tampoco corresponde atribuir automáticamente al negocio de las drogas toda forma de extorsión o control barrial.
El Salvador plantea, además, una discusión sobre las condiciones de la respuesta estatal. En su informe de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos examinó el régimen de excepción, recogió denuncias de vulneraciones de derechos y reclamó el restablecimiento de las garantías suspendidas. La CIDH sostuvo que una medida excepcional no debía convertirse en un componente permanente de la política de seguridad.
La posición de LIBERTAS debe partir de una obligación inequívoca: el Estado tiene que proteger a la población frente a quienes extorsionan, amenazan o asesinan. La libertad resulta materialmente restringida cuando una familia no puede circular o trabajar sin autorización criminal.
Esa obligación incluye investigar con rigor y distinguir al responsable del inocente. Una detención sin revisión efectiva puede destruir la vida de una persona y dejar sin identificar al verdadero autor. El debido proceso tiene una función práctica: exige que el Estado demuestre a quién castiga y por qué.
Por eso, una política de seguridad debe evaluarse también por su capacidad para corregir errores. ¿Puede una familia impugnar una detención? ¿Existe un juez con independencia suficiente para revisarla? ¿Se investigan los abusos de los agentes? Una respuesta que impide formular esas preguntas limita el control ciudadano sobre el poder.
La seguridad democrática requiere resultados sostenibles y autoridades sujetas a la ley. La popularidad de una medida no resuelve, por sí sola, esas exigencias.
Canadá y la proporción entre evidencia y presión
Canadá obliga a introducir otra diferencia. Su crisis interna vinculada con los opioides no demuestra que tenga un peso equivalente al de México en el abastecimiento del mercado estadounidense.
En junio de 2025, el informe del comisionado canadiense contra el fentanilo señaló, apoyándose en datos estadounidenses de incautaciones desde 2022, que aproximadamente una décima de uno por ciento correspondía a la frontera norte. El documento reconocía, al mismo tiempo, la gravedad del problema dentro de Canadá. Las incautaciones no miden de forma completa los flujos clandestinos, pero ofrecen una referencia que debe considerarse al comparar responsabilidades.
La observación tiene alcance político. Un problema real puede utilizarse para justificar una presión cuya magnitud requiere una explicación adicional. La existencia de tráfico no basta para demostrar que cualquier exigencia económica o diplomática sea proporcionada.
El informe canadiense también situó la cuestión dentro de las tensiones comerciales con Estados Unidos. En ese punto, la discusión ya excede la investigación de delitos: se convierte en una negociación sobre compromisos fronterizos y condiciones de la relación bilateral.
Evaluar esas decisiones exige separar dos preguntas: qué medidas pueden reducir el daño y qué concesiones busca obtener un gobierno. Las respuestas pueden coincidir parcialmente, pero no deben confundirse.
Cuando la política antidrogas se convierte en política exterior
En 2025, Estados Unidos designó a seis organizaciones mexicanas como organizaciones terroristas extranjeras y recurrió a medidas arancelarias vinculadas con sus demandas sobre narcotráfico y frontera. El Servicio de Investigación del Congreso estadounidense describe estos cambios como componentes de la relación bilateral con México.
Estas decisiones modifican el marco de actuación. Las designaciones incorporan herramientas adicionales de persecución y restricciones. También elevan la disputa al terreno de la seguridad nacional. Sin embargo, una clasificación administrativa no sustituye la prueba necesaria para establecer la responsabilidad penal de una persona concreta.
Desde un criterio republicano, la ampliación de facultades debe ir acompañada de una explicación pública de sus objetivos y de mecanismos de control. Si una medida pretende reducir el tráfico, corresponde evaluar ese resultado. Si impone costos económicos a un país, debe examinarse a quiénes afecta y qué relación guarda esa afectación con la conducta que se busca modificar.
La soberanía tampoco puede utilizarse como respuesta automática para bloquear toda cooperación. Investigar activos, compartir pruebas y perseguir responsables que actúan en varios países requiere acuerdos. Una soberanía incapaz de proteger a sus ciudadanos frente a poderes clandestinos queda debilitada en los hechos.
Pero cooperar exige reglas. El intercambio de información debe proteger a los testigos y evitar filtraciones. La asistencia no debería convertirse en una autorización sin límites para actuar dentro de otro territorio. Cuanto mayor sea la asimetría entre los países, más necesario resulta precisar compromisos y responsabilidades.
La tecnología atraviesa todos estos problemas. Una base de datos compartida puede mejorar una investigación; un acceso indebido puede exponerla. La digitalización de los controles facilita registrar operaciones, pero exige saber quién consulta información sensible y con qué finalidad. Comprar herramientas avanzadas aporta poco si quienes administran sus permisos carecen de supervisión.
El resultado que debería importar
Medir la respuesta únicamente por toneladas incautadas o personas detenidas deja fuera una parte decisiva del problema. Esos datos necesitan relacionarse con resultados verificables: reducción de daños, investigaciones que llegan a quienes financian y protegen el negocio, recuperación de activos y capacidad de los ciudadanos para vivir sin amenazas.
También debe observarse si las instituciones pueden investigar a sus propios responsables. Una organización criminal pierde una protección relevante cuando un funcionario poderoso puede ser sometido a un procedimiento independiente, con pruebas y derecho de defensa. El efecto se debilita si esa posibilidad depende de su alineamiento político.
Para LIBERTAS, la defensa de la Libertad comienza en situaciones concretas: una persona que puede denunciar sin quedar expuesta, un comerciante que no paga por trabajar, un candidato que no necesita permiso criminal para presentarse. La Democracia exige que las decisiones públicas puedan discutirse sin amenazas y que sus compromisos financieros sean examinados. La República obliga a rendir cuentas también a quienes conducen la lucha contra el narcotráfico.
Ninguna frontera protege la libertad si, dentro de ella, el dinero criminal puede comprar decisiones públicas o el gobierno puede ejercer la fuerza sin responder ante la ley.
